Política de devoluciones y reembolsos

Reglamento de Certificaciones y Políticas de ENACIP Artículo 1 – Naturaleza de las certificaciones

Las certificaciones son cursos de formación continua y no constituyen diplomas de posgrado regulados por la Ley Universitaria (Ley N.° 30220).
El diploma emitido por ENACIP cumple con los lineamientos establecidos en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 214-2025-SERVIR-PE

Artículo 2 – Derechos de los participantes

Los participantes tienen derecho a:

  1. Recibir capacitación de alto nivel académico.

  2. Ser atendidos con amabilidad, cordialidad y oportunidad.

Artículo 3 – Obligaciones de los participantes

Son obligaciones de los participantes:

  1. Realizar los pagos de manera oportuna.

  2. Desarrollar el curso o diplomado cumpliendo las evaluaciones en los plazos establecidos.

  3. Mantener un comportamiento respetuoso y ético durante toda la formación.

Artículo 4 – Plazos de desarrollo del curso

El participante cuenta con un plazo máximo de 2 meses desde su inscripción para culminar el curso o diplomado.
Si no culmina en dicho plazo, podrá reactivar el curso por 2 semanas adicionales abonando S/ 50.00.

Artículo 5 – Emisión de diplomas y certificados

  1. Requisitos de aprobación: El diploma se otorga únicamente a quienes aprueben el examen final con nota mínima de 12/20.

  2. Solicitud: La solicitud se realiza a través del correo academico@enacip.edu.pe.

  3. Entrega:

    • Diploma digital: Se enviará por correo electrónico una vez aprobado el curso.

    • Diploma físico: Podrá solicitarse abonando S/ 5.00 por derecho de impresión.

  4. Certificado en convenio con el Colegio de Abogados del Callao:

    • Se entrega solo en formato físico, entre 5 y 15 días hábiles después de cumplir los requisitos, solicitarlo y abonar S/ 20.00.

    • La solicitud debe realizarse como máximo 3 meses después de haber finalizado el programa.

    • La entrega está sujeta a la vigencia del convenio y a cambios de decanato; en caso de vencimiento o cambio, no se emitirán certificados con fechas anteriores.

  5. Envíos: El envío físico de diplomas o certificados a Lima o provincias está sujeto a coordinación y costos adicionales.

Política de devoluciones

Artículo 1. El pago (total o parcial) no es reembolsable; sin embargo, puede transferirse a otro programa o a favor de un tercero.

Artículo 2. Los abonos adicionales realizados por error del participante no son reembolsables; podrán transferirse a otro programa o a favor de un tercero.

Artículo 3. En caso de retiro voluntario después del pago completo, no habrá reembolso, pero el monto podrá transferirse a otro programa o beneficiario.

Artículo 4. La devolución de dinero procede únicamente cuando la escuela incurra en una falta comprobada contra el alumno.

Artículo 5. Una vez aprobada, la devolución se efectuará en un plazo máximo de 7 días hábiles.

 

Dirección Académica – ENACIP
Para consultas, quejas o sugerencias: academico@enacip.edu.pe